Mi
Ideario Político
Con este documento pretendo reflejar por
escrito, para mi propia consulta, cuales son mis prioridades en la relación con
la sociedad en la que vivo. Esta sociedad actualmente es la española, pero mis
convicciones forman parte de mi ser y por lo tanto no tienen fronteras, por
ello, lejos de estar ligadas a un territorio, las llevaré allá a donde los
avatares de mi existencia me ubiquen en cada momento.
Representación Ciudadana
Los españoles, a la hora de elegir a
nuestros representantes en cualquiera de los tres niveles, estatal, autonómico
y municipal o local, somos cautivos de listas cerradas, confeccionadas por las
formaciones políticas, que están infestadas de candidatos de dudosa capacidad
para desempeñar esa pretendida representación ciudadana. La mayoría de los inclusos en las papeletas
electorales se han mostrado como meros comparsas de los aparatos de los partidos
y éstos los utilizan, con la casi exclusiva función de apoyo en votaciones para
las que no se les exige nada más allá de esa mal llamada disciplina de voto.
Estos representantes, desde mi prisma, no aportan valor de ningún tipo y son
una merma para nuestros intereses al no deberse directamente a nosotros.
Por otra parte, el sistema de
circunscripciones, establecido en los albores de la democracia, que potencia la
representación de las minorías regionales en perjuicio de las formaciones más
votadas, ha provocado gobiernos postrados ante esas minorías, aprovechándose
estas últimas de la debilidad del que ostenta la mayoría, para satisfacer unas
demandas que sólo benefician a unos territorios muy reducidos.
El Senado, una cámara cuya aportación en
el desarrollo legislativo puede ser
rechazada por el Congreso de los Diputados carece de utilidad.
Por último, otra de las perversiones del
actual sistema electoral es el hecho de que los presidentes, tanto del Estado
como de las Autonomías, al igual que los alcaldes, se extraen de una
determinada lista electoral, en lugar de ser presentados directamente a los
ciudadanos y que éstos sean los que decidan, de entre el elenco de candidatos,
quien será el responsable del poder ejecutivo en el nivel que corresponda.
Teniendo en cuenta lo antedicho, para una
mejor representación de los ciudadanos,
una menor dependencia de formaciones políticas y para conseguir
equilibrar el valor potencial del voto, se hace necesario promover una reforma
de la ley electoral en la que se contemplen los siguientes puntos:
1. Desaparición del Senado.
2. El Jefe de Estado, el presidente del Gobierno,
los presidentes de las Autonomías así como los Alcaldes, deben de ser elegidos directamente
por los ciudadanos.
3. Los miembros del Congreso de los
Diputados, los parlamentarios autonómicos y los concejales municipales deben de
ser elegidos, a través de listas abiertas, por sus nombres y apellidos,
independientemente de la formación política a la que pertenezcan.
4. Los escaños serán cubiertos por aquellas
personas que hayan obtenido mayor número de votos, siempre en un modelo
proporcional. Las bajas y sustituciones se cubrirán, igualmente, por las
personas que hayan obtenido mayor número de votos.
5. Los miembros de las corporaciones
municipales serán nombrados de entre aquellas personas que hayan obtenido mayor
número de votos. Las bajas y sustituciones se cubrirán, igualmente, por las personas
que hayan obtenido mayor número de votos.
6. Cualquier ciudadano con el número mínimo
de avales que prevea la futura ley electoral, podrá ser candidato elegible.
7. Solamente podrán ser candidatos elegibles
aquellas personas que estén al corriente de sus obligaciones fiscales, que no
estén incursas en procedimientos penales y que no hayan sido condenadas a penas
de prisión.
8. Eliminación de la inmunidad
parlamentaria. El poder judicial podrá imputar a parlamentarios sin necesidad
de solicitar permiso al Congreso de los Diputados o a cualquier otra cámara.
Monarquía
La Monarquía no me molesta pero no la
necesito, su desaparición, desde mi punto de vista, sería positiva desde el
momento en que teóricamente, dejaría de haber una familia privilegiada en relación
a todas las demás que integran la nación.
El Rey o Reina, en un momento determinado
y a propuesta del Parlamento, podrán ser reemplazados o inhabilitados tras
manifestar la ciudadanía su aprobación mediante referéndum. La propia
ciudadanía, dentro del marco legislativo vigente, podrá promover consultas
populares vinculantes, sobre la continuidad o derrocamiento de la monarquía.
No obstante, de mantenerse la monarquía,
la vida y las actividades monárquicas, deberían estar sujetas al mismo marco
jurisdiccional que el resto de los ciudadanos.
Por otra parte, desde el momento en el
que la Monarquía, para su subsistencia, recibiese dineros procedentes de las
obligaciones fiscales de los ciudadanos y entidades del territorio en la que
estuviese ubicada, tendría la obligación de poner a disposición de aquellas
personas que lo demandasen, la justificación de todo euro gastado así como el procedente
de ingresos y/o dedicado a inversiones.
Los miembros de la Monarquía quedarán
limitados al Rey o a la Reina, a su consorte, a sus hijos menores de 25 años y
al heredero o heredera directo de la corona y a sus vástagos.
Para la sucesión en la corona, no habrá
discriminación por razón de sexo.
Formación y Educación
El futuro exitoso de los pueblos se forja
en base a la capacidad intelectual de sus ciudadanos. Esta capacidad
intelectual se obtiene mediante un sistema de enseñanza que garantice: el
desarrollo cognitivo, la habilidad creativa, la capacidad de comunicación, la
crítica constructiva, la autocrítica, el respeto a la diversidad, el respeto al
individuo, el cuidado del entorno y el acatamiento de las leyes y normas que
regulan la convivencia. Todas estas capacidades se obtienen en las etapas más
tempranas de la existencia, considerándose crítico el periodo comprendido entre
los 6 y los 15 años.
El actual sistema de enseñanza español,
así como sus antecesores, se ha mostrado ineficaz para garantizar un aceptable
desarrollo de sus ciudadanos. Los índices de fracaso escolar por no finalizar
con calificaciones satisfactorias los estudios, así como el ratio de jóvenes
que abandonan sus estudios son de los más altos de nuestro entorno cultural.
Para conseguir el objetivo de ayudar a
las nuevas generaciones a alcanzar un desarrollo humano e intelectual que les
garantice la autoestima y la capacidad de valerse por ellos mismos, habría que
desarrollar los siguientes puntos:
1. El Estado garantizará enseñanza de
calidad, laica, pública y gratuita a todos los ciudadanos entre los 6 y los 15
años.
2. El currículo formativo en cada una de las
etapas formativas será desarrollado para el conjunto del Estado Español por una
comisión de profesionales docentes y pedagogos.
3. El currículo formativo incluirá la
enseñanza de la Constitución Española así como del Código de Circulación.
4. No formará parte del currículo formativo
la difusión de dogmas religiosos y de idearios políticos.
5. Las Comunidades Autónomas podrán complementar
el currículo formativo Estatal mediante la incorporación materias de referencia
regional hasta un máximo de cuatro horas semanales.
6. La mejor implementación del currículo
formativo corresponderá al claustro de profesores de cada uno de los centros
educativos.
7. El Estado garantizará a los centros de
enseñanza, a través de las Comunidades Autónomas, la dotación de los mejores
profesionales de la enseñanza con el fin de garantizar el máximo y homogéneo
desarrollo de los alumnos.
8. El Estado garantizará, a través de las
Comunidades Autónomas, los programas necesarios para la formación y desarrollo
de los profesionales docentes.
9. El Estado garantizará la evaluación
continua de la competencia de los maestros y profesores. En está evaluación se
tendrán muy en cuenta el resultado académico obtenido por los alumnos.
10. Se llevarán a cabo pruebas de
revalidación para centros de enseñanza invalidando a los mismos en caso de no
superar ratios establecidos. En ningún caso los alumnos se verán penalizados
por los resultados negativos de los centros en los que han cursado sus
estudios.
Administración de
Justicia
En España la justicia es lenta y la
justicia lenta es perjudicial en muchos sentidos, puede llegarse a pensar y así
tengo la firme convicción, de que la justicia lenta es justicia inexistente, particularmente
para los ciudadanos que se acercan a ella solicitando ayuda y en general a la
sociedad que la necesita para mantener la convivencia, demostrando que la
violación de la ley debe ser castigada proporcionalmente al perjuicio
producido.
Otro de los grandes problemas que muestra
nuestro sistema judicial es la emisión de sentencias contradictorias en
relación a asuntos idénticos. A esto habría que sumarle las peregrinas
argumentaciones que realizan algunos magistrados y jueces retorciendo lo
evidente y la propia ley, para despreciando incluso el sentido común,
sentenciar. Es pues necesario que las sentencias tengan carácter homogéneo y
que los mismos casos, o los muy similares, tengan respuestas comunes, que nadie
se sienta discriminado o maltratado por la lucidez de tal o cual administrador
de justicia. Las sentencias dispares deberán ser revisadas por órganos
colegiados, apolíticos, con la única finalidad de evitar agravios.
No obstante, el principal motivo del
alejamiento entre la sociedad española y la justicia que debe protegerla, se
debe a la injerencia política en este poder del estado. Hay tres órganos
supremos en la justicia española de la que los políticos deben sacar sus
perversas manos, estos son: el consejo general del poder judicial, la fiscalía
general del estado y el tribunal constitucional. El Tribunal Supremo no deberá
contener ni un solo miembro que haya demostrado debilidad por los
representantes del poder ejecutivo o legislativo.
La maliciosa ocurrencia de que el poder
político interprete la composición de los tres órganos nombrados anteriormente,
invalida, a los ojos del ciudadano, la necesaria independencia de los mismos.
Así pues, deberían ser jueces los que eligiesen al CGPJ, fiscales al Fiscal
General del Estado (y de las autonomías) y jueces y fiscales a los integrantes
del Tribunal Constitucional.
Podría, habilitarse a la propia
ciudadanía a elegir, a la vez que al Presidente del Gobierno, a los
representantes del triunvirato de la Justicia, en este caso, sí se podría
escribir Justicia con mayúsculas.
El aforamiento de cualquier ciudadano
residente en el estado Español, será abolido.
Acatamiento de la Ley
El Estado Español se regirá por el
principio de acatamiento de la legislación vigente. Los poderes ejecutivos serán
los encargados de hacer cumplir la ley estableciendo los necesarios controles y
la coordinación entre las distintas administraciones y sus cuerpos policiales.
El poder legislativo evitará la
duplicidad de leyes y garantizará con sus regulaciones la homogeneidad
legislativa en el conjunto del Estado.
Libertad Religiosa
España, de acuerdo a lo recogido en el
artículo 16 de la Constitución garantizará la libertad religiosa de sus
ciudadanos.
El Artículo 27 Apartado 3 de la
Constitución será derogado en su actual redacción y pasarán a ser los padres
los responsables, si así lo creyesen oportuno, del desarrollo religioso de sus
hijos.
El Estado Español será un estado 100%
laico y eliminará de todos sus actos, regulaciones, enseñanzas y/o protocolos,
cualquier relación con confesiones religiosas.
La enseñanza de la religión, por ser
considerada una preocupación familiar, quedará desligada del sistema educativo
del estado.
Integridad Territorial
Cualquier disgregación del Estado Español
se decidirá en referéndum con una participación superior al 75% del censo
electoral y con un porcentaje superior al 60% de los votos a favor de dicha
disgregación.
El Dinero Público
El dinero público es patrimonio de los
españoles y estará sujeto a los procesos de auditoría necesarios y suficientes
como para confirmar el buen uso de este recurso.
Partidos políticos, Organizaciones empresariales,
Sindicatos, Confesiones religiosas así como Fundaciones, serán exclusivamente
mantenidas por la aportación de sus socios y simpatizantes, no recibiendo
cantidad alguna del erario público.
Las administraciones podrán asignar
cantidades dinerarias a particulares, empresas y/o organizaciones sin ánimo de
lucro, en base a proyectos concretos siempre y cuando dichos proyectos generen
bienestar social. No se permitirá ningún tipo de lucro para los intervinientes
en los proyectos financiados. Todo proyecto será sometido, en los dos meses
siguientes a su finalización a una auditoría contable y se establecerán penas
carcelarias en caso de observarse desviaciones de fondos con fines diferentes
al originalmente establecido.
El procesamiento judicial por apropiación
indebida, malversación, prevaricación y cualquier acción en contra de los
intereses de la ciudadanía, deberá ser instruido y juzgado con la mayor
agilidad posible, aunque para ello sea necesario atomizar cada causa en otras más
pequeñas.
Los delitos contra el interés público
nunca prescribirán.
Derecho a Información
Veraz, Neutral y Libre de Contaminación Ideológica
Aunque la divulgación de la información
no es el objetivo de ninguna de las administraciones del estado, la veracidad
de esta sí será objeto de seguimiento.
Desde los poderes del Estado se intentará
la regeneración de los medios de información estableciendo normas que
garanticen la emisión de información veraz y libre de contaminación ideológica.
Para ello, se regulará la separación del hecho informativo en si y de la
información de opinión. La información, previamente a su publicación, deberá
ser contrastada con la finalidad de garantizar su veracidad y los derechos
fundamentales de las personas aludidas en la noticia.
Los poderes ejecutivos, en cada uno de
sus niveles, depurarán responsabilidades en caso de filtraciones hacia la
prensa de causas que se encuentren “sub judice”.
Relaciones
Internacionales
Las relaciones del Estado Español con el
resto de estados del orbe internacional estarán regidos por el principio de
reciprocidad.
No se aceptarán relaciones
institucionales y/o comerciales con estados que no acaten las resoluciones
internacionales, sobre todo en cuestiones de derechos humanos, derechos
laborales, religiosos y/o sexuales.
En base a lo expuesto anteriormente, se
establecerá una relación de países “no justos” que serán excluidos de cualquier
transacción diplomática, comercial o financiera.
España promoverá los apoyos necesarios en
la comunidad internacional para el desarrollo “in situ”, de aquellos países con
altos índices de pobreza, de acuerdo a las necesidades de autoabastecimiento de
los mismos y sin hipotecar dichas ayudas a servidumbres económicas de los
países ayudados.
Respeto al Patrimonio
Ciudadano
Todos los bienes y servicios de
titularidad pública son propiedad de los ciudadanos, aunque su titularidad, por
razones de legales la ostentes las propias administraciones del estado,
comunidades autónomas o municipios.
Cualquier venta, concesión de
explotación, privatización y en definitiva, cualquier acto tendente a poner en
manos privadas el bien común, deberá estar refrendada por los ciudadanos
integrantes de la jurisdicción titular del bien o servicio.
Contratación Pública
Cualquier tipo de contrato, excepto
aquellos que tengan relación directa con la seguridad nacional, firmado desde
las distintas administraciones del estado, y empresas públicas, con entidades
privadas, deberá estar a libre disposición de la ciudadanía para su consulta.
Todas las administraciones del estado publicarán de oficio en sus sitios web y
antes de su entrada en vigor, los contratos suscritos.
La rentabilidad de las operaciones
contractuales entre administraciones y entidades privadas, serán
responsabilidad solo y exclusivamente de estas últimas. Las administraciones
públicas ni indemnizarán, ni compensarán la falta de beneficios o las pérdidas
sufridas por las entidades privadas en la ejecución de los contratos suscritos.
La ciudadanía espera de las entidades privadas, en su relación con la
administración, solvencia y responsabilidad.
Los servidores públicos que ocultasen
información relevante para la formalización de contratos entre las
administración y entidades privadas, que hiciesen aquellos inviables y/o deficitarios,
serán separados de la función pública e inhabilitados de por vida.
Obligaciones de la
Ciudadanía
El ciudadano estará obligado al
acatamiento de la ley y a la contribución económica para el sostenimiento del
Estado de Bienestar hasta un máximo, por todos los conceptos y para todas las
administraciones, del 30% de sus ingresos netos anuales.
El ciudadano estará obligado, con
carácter general, a poner en conocimiento de la justicia cualquier acto
delictivo del que tenga conocimiento, especialmente si dicho acto va contra el
interés común.
El ciudadano estará obligado a contribuir
en el desarrollo intelectual de sus descendientes, con la única finalidad de
participar en la promoción de una sociedad justa, igualitaria, tolerante e
integradora.
El ciudadano estará obligado a respetar
la diversidad, las tendencias sexuales no abusivas para con terceros, la
libertad religiosa y las diferencias étnicas.
El ciudadano que haya sido otorgado con
el honor de haber sido elegido representante público en elecciones libres y/o
desempeñe cualquier cargo público, no podrá recibir más que un único sueldo por
sus servicios a los ciudadanos.
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