Sobre CRÓNICA DE MEDIOCRES

Lo he llamado Crónica de Mediocres porque creo que la mediocridad es una de las palabras que mejor definen el momento en el que vivimos. La vida pasa deprisa, las oportunidades también y entre ambas dos no hay tiempo para mejorar nada, es más, lo mejor penaliza, no se compra, la calidad se desprecia.

He elegido esta foto porque de alguna forma refleja lo antedicho, primero porque está algo borrosa, no se ve con claridad, y segundo porque para mi, esa araña es la representación de la mediocridad y su tela es el entramado en el que los mediocres caerán, caeremos, y desde la cual impedirá que escapemos, sólo unos pocos conseguirán salir, seamos nosotros.

Espero que os guste y para hacerlo más atractivo, podéis dejar vuestros comentarios picando en el título de cada entrada.

domingo, 21 de septiembre de 2014

Crónica de Mediocres 63

Mi Ideario Político

Con este documento pretendo reflejar por escrito, para mi propia consulta, cuales son mis prioridades en la relación con la sociedad en la que vivo. Esta sociedad actualmente es la española, pero mis convicciones forman parte de mi ser y por lo tanto no tienen fronteras, por ello, lejos de estar ligadas a un territorio, las llevaré allá a donde los avatares de mi existencia me ubiquen en cada momento.


Representación Ciudadana

Los españoles, a la hora de elegir a nuestros representantes en cualquiera de los tres niveles, estatal, autonómico y municipal o local, somos cautivos de listas cerradas, confeccionadas por las formaciones políticas, que están infestadas de candidatos de dudosa capacidad para desempeñar esa pretendida representación ciudadana. La  mayoría de los inclusos en las papeletas electorales se han mostrado como meros comparsas de los aparatos de los partidos y éstos los utilizan, con la casi exclusiva función de apoyo en votaciones para las que no se les exige nada más allá de esa mal llamada disciplina de voto. Estos representantes, desde mi prisma, no aportan valor de ningún tipo y son una merma para nuestros intereses al no deberse directamente a nosotros.

Por otra parte, el sistema de circunscripciones, establecido en los albores de la democracia, que potencia la representación de las minorías regionales en perjuicio de las formaciones más votadas, ha provocado gobiernos postrados ante esas minorías, aprovechándose estas últimas de la debilidad del que ostenta la mayoría, para satisfacer unas demandas que sólo benefician a unos territorios muy reducidos.

El Senado, una cámara cuya aportación en el desarrollo legislativo  puede ser rechazada por el Congreso de los Diputados carece de utilidad.

Por último, otra de las perversiones del actual sistema electoral es el hecho de que los presidentes, tanto del Estado como de las Autonomías, al igual que los alcaldes, se extraen de una determinada lista electoral, en lugar de ser presentados directamente a los ciudadanos y que éstos sean los que decidan, de entre el elenco de candidatos, quien será el responsable del poder ejecutivo en el nivel que corresponda.

Teniendo en cuenta lo antedicho, para una mejor representación de los ciudadanos,  una menor dependencia de formaciones políticas y para conseguir equilibrar el valor potencial del voto, se hace necesario promover una reforma de la ley electoral en la que se contemplen los siguientes puntos:

1.    Desaparición del Senado.
2.    El Jefe de Estado, el presidente del Gobierno, los presidentes de las Autonomías así como los Alcaldes, deben de ser elegidos directamente por los ciudadanos.
3.    Los miembros del Congreso de los Diputados, los parlamentarios autonómicos y los concejales municipales deben de ser elegidos, a través de listas abiertas, por sus nombres y apellidos, independientemente de la formación política a la que pertenezcan.
4.    Los escaños serán cubiertos por aquellas personas que hayan obtenido mayor número de votos, siempre en un modelo proporcional. Las bajas y sustituciones se cubrirán, igualmente, por las personas que hayan obtenido mayor número de votos.
5.    Los miembros de las corporaciones municipales serán nombrados de entre aquellas personas que hayan obtenido mayor número de votos. Las bajas y sustituciones se cubrirán, igualmente, por las personas que hayan obtenido mayor número de votos.
6.    Cualquier ciudadano con el número mínimo de avales que prevea la futura ley electoral, podrá ser candidato elegible.
7.    Solamente podrán ser candidatos elegibles aquellas personas que estén al corriente de sus obligaciones fiscales, que no estén incursas en procedimientos penales y que no hayan sido condenadas a penas de prisión.
8.    Eliminación de la inmunidad parlamentaria. El poder judicial podrá imputar a parlamentarios sin necesidad de solicitar permiso al Congreso de los Diputados o a cualquier otra cámara.


Monarquía

La Monarquía no me molesta pero no la necesito, su desaparición, desde mi punto de vista, sería positiva desde el momento en que teóricamente, dejaría de haber una familia privilegiada en relación a todas las demás que integran la nación.

El Rey o Reina, en un momento determinado y a propuesta del Parlamento, podrán ser reemplazados o inhabilitados tras manifestar la ciudadanía su aprobación mediante referéndum. La propia ciudadanía, dentro del marco legislativo vigente, podrá promover consultas populares vinculantes, sobre la continuidad o derrocamiento de la monarquía.

No obstante, de mantenerse la monarquía, la vida y las actividades monárquicas, deberían estar sujetas al mismo marco jurisdiccional que el resto de los ciudadanos.

Por otra parte, desde el momento en el que la Monarquía, para su subsistencia, recibiese dineros procedentes de las obligaciones fiscales de los ciudadanos y entidades del territorio en la que estuviese ubicada, tendría la obligación de poner a disposición de aquellas personas que lo demandasen, la justificación de todo euro gastado así como el procedente de ingresos y/o dedicado a inversiones.

Los miembros de la Monarquía quedarán limitados al Rey o a la Reina, a su consorte, a sus hijos menores de 25 años y al heredero o heredera directo de la corona y a sus vástagos.

Para la sucesión en la corona, no habrá discriminación por razón de sexo.



Formación y Educación

El futuro exitoso de los pueblos se forja en base a la capacidad intelectual de sus ciudadanos. Esta capacidad intelectual se obtiene mediante un sistema de enseñanza que garantice: el desarrollo cognitivo, la habilidad creativa, la capacidad de comunicación, la crítica constructiva, la autocrítica, el respeto a la diversidad, el respeto al individuo, el cuidado del entorno y el acatamiento de las leyes y normas que regulan la convivencia. Todas estas capacidades se obtienen en las etapas más tempranas de la existencia, considerándose crítico el periodo comprendido entre los 6 y los 15 años.

El actual sistema de enseñanza español, así como sus antecesores, se ha mostrado ineficaz para garantizar un aceptable desarrollo de sus ciudadanos. Los índices de fracaso escolar por no finalizar con calificaciones satisfactorias los estudios, así como el ratio de jóvenes que abandonan sus estudios son de los más altos de nuestro entorno cultural.

Para conseguir el objetivo de ayudar a las nuevas generaciones a alcanzar un desarrollo humano e intelectual que les garantice la autoestima y la capacidad de valerse por ellos mismos, habría que desarrollar los siguientes puntos:
1.    El Estado garantizará enseñanza de calidad, laica, pública y gratuita a todos los ciudadanos entre los 6 y los 15 años.
2.    El currículo formativo en cada una de las etapas formativas será desarrollado para el conjunto del Estado Español por una comisión de profesionales docentes y pedagogos.
3.    El currículo formativo incluirá la enseñanza de la Constitución Española así como del Código de Circulación.
4.    No formará parte del currículo formativo la difusión de dogmas religiosos y de idearios políticos.
5.    Las Comunidades Autónomas podrán complementar el currículo formativo Estatal mediante la incorporación materias de referencia regional hasta un máximo de cuatro horas semanales.
6.    La mejor implementación del currículo formativo corresponderá al claustro de profesores de cada uno de los centros educativos.
7.    El Estado garantizará a los centros de enseñanza, a través de las Comunidades Autónomas, la dotación de los mejores profesionales de la enseñanza con el fin de garantizar el máximo y homogéneo desarrollo de los alumnos.
8.    El Estado garantizará, a través de las Comunidades Autónomas, los programas necesarios para la formación y desarrollo de los profesionales docentes.
9.    El Estado garantizará la evaluación continua de la competencia de los maestros y profesores. En está evaluación se tendrán muy en cuenta el resultado académico obtenido por los alumnos.
10. Se llevarán a cabo pruebas de revalidación para centros de enseñanza invalidando a los mismos en caso de no superar ratios establecidos. En ningún caso los alumnos se verán penalizados por los resultados negativos de los centros en los que han cursado sus estudios. 


Administración de Justicia

En España la justicia es lenta y la justicia lenta es perjudicial en muchos sentidos, puede llegarse a pensar y así tengo la firme convicción, de que la justicia lenta es justicia inexistente, particularmente para los ciudadanos que se acercan a ella solicitando ayuda y en general a la sociedad que la necesita para mantener la convivencia, demostrando que la violación de la ley debe ser castigada proporcionalmente al perjuicio producido.

Otro de los grandes problemas que muestra nuestro sistema judicial es la emisión de sentencias contradictorias en relación a asuntos idénticos. A esto habría que sumarle las peregrinas argumentaciones que realizan algunos magistrados y jueces retorciendo lo evidente y la propia ley, para despreciando incluso el sentido común, sentenciar. Es pues necesario que las sentencias tengan carácter homogéneo y que los mismos casos, o los muy similares, tengan respuestas comunes, que nadie se sienta discriminado o maltratado por la lucidez de tal o cual administrador de justicia. Las sentencias dispares deberán ser revisadas por órganos colegiados, apolíticos, con la única finalidad de evitar agravios.

No obstante, el principal motivo del alejamiento entre la sociedad española y la justicia que debe protegerla, se debe a la injerencia política en este poder del estado. Hay tres órganos supremos en la justicia española de la que los políticos deben sacar sus perversas manos, estos son: el consejo general del poder judicial, la fiscalía general del estado y el tribunal constitucional. El Tribunal Supremo no deberá contener ni un solo miembro que haya demostrado debilidad por los representantes del poder ejecutivo o legislativo.

La maliciosa ocurrencia de que el poder político interprete la composición de los tres órganos nombrados anteriormente, invalida, a los ojos del ciudadano, la necesaria independencia de los mismos. Así pues, deberían ser jueces los que eligiesen al CGPJ, fiscales al Fiscal General del Estado (y de las autonomías) y jueces y fiscales a los integrantes del Tribunal Constitucional.

Podría, habilitarse a la propia ciudadanía a elegir, a la vez que al Presidente del Gobierno, a los representantes del triunvirato de la Justicia, en este caso, sí se podría escribir Justicia con mayúsculas.

El aforamiento de cualquier ciudadano residente en el estado Español, será abolido.


Acatamiento de la Ley

El Estado Español se regirá por el principio de acatamiento de la legislación vigente. Los poderes ejecutivos serán los encargados de hacer cumplir la ley estableciendo los necesarios controles y la coordinación entre las distintas administraciones y sus cuerpos policiales.

El poder legislativo evitará la duplicidad de leyes y garantizará con sus regulaciones la homogeneidad legislativa en el conjunto del Estado.


Libertad Religiosa

España, de acuerdo a lo recogido en el artículo 16 de la Constitución garantizará la libertad religiosa de sus ciudadanos.

El Artículo 27 Apartado 3 de la Constitución será derogado en su actual redacción y pasarán a ser los padres los responsables, si así lo creyesen oportuno, del desarrollo religioso de sus hijos.

El Estado Español será un estado 100% laico y eliminará de todos sus actos, regulaciones, enseñanzas y/o protocolos, cualquier relación con confesiones religiosas.

La enseñanza de la religión, por ser considerada una preocupación familiar, quedará desligada del sistema educativo del estado.


Integridad Territorial

Cualquier disgregación del Estado Español se decidirá en referéndum con una participación superior al 75% del censo electoral y con un porcentaje superior al 60% de los votos a favor de dicha disgregación.


El Dinero Público

El dinero público es patrimonio de los españoles y estará sujeto a los procesos de auditoría necesarios y suficientes como para confirmar el buen uso de este recurso.

Partidos políticos, Organizaciones empresariales, Sindicatos, Confesiones religiosas así como Fundaciones, serán exclusivamente mantenidas por la aportación de sus socios y simpatizantes, no recibiendo cantidad alguna del erario público.

Las administraciones podrán asignar cantidades dinerarias a particulares, empresas y/o organizaciones sin ánimo de lucro, en base a proyectos concretos siempre y cuando dichos proyectos generen bienestar social. No se permitirá ningún tipo de lucro para los intervinientes en los proyectos financiados. Todo proyecto será sometido, en los dos meses siguientes a su finalización a una auditoría contable y se establecerán penas carcelarias en caso de observarse desviaciones de fondos con fines diferentes al originalmente establecido.

El procesamiento judicial por apropiación indebida, malversación, prevaricación y cualquier acción en contra de los intereses de la ciudadanía, deberá ser instruido y juzgado con la mayor agilidad posible, aunque para ello sea necesario atomizar cada causa en otras más pequeñas.

Los delitos contra el interés público nunca prescribirán.


Derecho a Información Veraz, Neutral y Libre de Contaminación Ideológica

Aunque la divulgación de la información no es el objetivo de ninguna de las administraciones del estado, la veracidad de esta sí será objeto de seguimiento.

Desde los poderes del Estado se intentará la regeneración de los medios de información estableciendo normas que garanticen la emisión de información veraz y libre de contaminación ideológica. Para ello, se regulará la separación del hecho informativo en si y de la información de opinión. La información, previamente a su publicación, deberá ser contrastada con la finalidad de garantizar su veracidad y los derechos fundamentales de las personas aludidas en la noticia.

Los poderes ejecutivos, en cada uno de sus niveles, depurarán responsabilidades en caso de filtraciones hacia la prensa de causas que se encuentren “sub judice”.


Relaciones Internacionales

Las relaciones del Estado Español con el resto de estados del orbe internacional estarán regidos por el principio de reciprocidad.

No se aceptarán relaciones institucionales y/o comerciales con estados que no acaten las resoluciones internacionales, sobre todo en cuestiones de derechos humanos, derechos laborales, religiosos y/o sexuales.

En base a lo expuesto anteriormente, se establecerá una relación de países “no justos” que serán excluidos de cualquier transacción diplomática, comercial o financiera.

España promoverá los apoyos necesarios en la comunidad internacional para el desarrollo “in situ”, de aquellos países con altos índices de pobreza, de acuerdo a las necesidades de autoabastecimiento de los mismos y sin hipotecar dichas ayudas a servidumbres económicas de los países ayudados.

Respeto al Patrimonio Ciudadano

Todos los bienes y servicios de titularidad pública son propiedad de los ciudadanos, aunque su titularidad, por razones de legales la ostentes las propias administraciones del estado, comunidades autónomas o municipios.

Cualquier venta, concesión de explotación, privatización y en definitiva, cualquier acto tendente a poner en manos privadas el bien común, deberá estar refrendada por los ciudadanos integrantes de la jurisdicción titular del bien o servicio.

Contratación Pública

Cualquier tipo de contrato, excepto aquellos que tengan relación directa con la seguridad nacional, firmado desde las distintas administraciones del estado, y empresas públicas, con entidades privadas, deberá estar a libre disposición de la ciudadanía para su consulta. Todas las administraciones del estado publicarán de oficio en sus sitios web y antes de su entrada en vigor, los contratos suscritos.

La rentabilidad de las operaciones contractuales entre administraciones y entidades privadas, serán responsabilidad solo y exclusivamente de estas últimas. Las administraciones públicas ni indemnizarán, ni compensarán la falta de beneficios o las pérdidas sufridas por las entidades privadas en la ejecución de los contratos suscritos. La ciudadanía espera de las entidades privadas, en su relación con la administración, solvencia y responsabilidad.

Los servidores públicos que ocultasen información relevante para la formalización de contratos entre las administración y entidades privadas, que hiciesen aquellos inviables y/o deficitarios, serán separados de la función pública e inhabilitados de por vida.


Obligaciones de la Ciudadanía

El ciudadano estará obligado al acatamiento de la ley y a la contribución económica para el sostenimiento del Estado de Bienestar hasta un máximo, por todos los conceptos y para todas las administraciones, del 30% de sus ingresos netos anuales.

El ciudadano estará obligado, con carácter general, a poner en conocimiento de la justicia cualquier acto delictivo del que tenga conocimiento, especialmente si dicho acto va contra el interés común.

El ciudadano estará obligado a contribuir en el desarrollo intelectual de sus descendientes, con la única finalidad de participar en la promoción de una sociedad justa, igualitaria, tolerante e integradora.

El ciudadano estará obligado a respetar la diversidad, las tendencias sexuales no abusivas para con terceros, la libertad religiosa y las diferencias étnicas.

El ciudadano que haya sido otorgado con el honor de haber sido elegido representante público en elecciones libres y/o desempeñe cualquier cargo público, no podrá recibir más que un único sueldo por sus servicios a los ciudadanos.

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